Se ha publicado en el DOGV la RESOLUCIÓN de 6 de octubre de 2025, por la que se convocan subvenciones destinadas a favorecer la elaboración e implantación de planes de igualdad en empresas de la Comunitat Valenciana, con una plantilla de entre 10 y 49 personas trabajadoras, para el ejercicio 2025.
Objeto: establecer la convocatoria anual para 2025, para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva simple, de las subvenciones a las empresas de la Comunitat Valenciana, con una plantilla entre 10 y 49 personas trabajadoras, dirigidas a favorecer la elaboración e implementación de planes de igualdad y contribuir a la integración de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en las organizaciones laborales de la Comunitat Valenciana.
Entidades y empresas beneficiarias y requisitos: Podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas mediante la presente resolución aquellas empresas o entidades que tengan su sede social en la Comunitat Valenciana que cumplan los requisitos generales siguientes a la hora de presentar la solicitud:
- Tener una plantilla de entre 10 y 49 personas trabajadoras en el momento de presentar la solicitud. El cómputo del número de personas trabajadoras se realizará en según lo establecido en el artículo 3 del Real decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro y se modifica el Real decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.
- Que hayan firmado el compromiso para la implantación de un plan de igualdad en la empresa.
- Estar legalmente constituidas y, en su caso, debidamente inscritas en el correspondiente Registro Público.
- Ejercer su actividad y tener su domicilio social y fiscal en la Comunitat Valenciana.
- No estar incursas en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
- Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- No haber sido sancionadas mediante la resolución firme en materia de seguridad y salud laboral, con una infracción muy grave o más de dos graves, en los dos años anteriores a la publicación de la convocatoria.
- No haber sido sancionadas por ejercer o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género, por resolución administrativa firme o sentencia judicial firme.
- No estén cumpliendo sanciones administrativas firmes ni una sentencia firme condenatoria, por ejercer o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género o, en su caso, no estar pendiente de cumplimiento de sanción o sentencia impuesta por dichos motivos.
Bases reguladoras: Resolución de 8 de septiembre de 2025, de la Vicepresidencia Primera y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda, se establecen las bases reguladoras que regirán el procedimiento de concesión de ayudas económicas destinadas a favorecer la elaboración e implantación de Planes de Igualdad en empresas de la Comunitat Valenciana, con una plantilla de entre 10 y 49 personas trabajadoras (DOGV núm. 10192, de 11.09.2025).
Cuantía:El total de las subvenciones otorgadas para estos proyectos no podrán superar la cuantía máxima de 125.000 euros.