Programa de fomento de la contratación indefinida, derivada de la racionalización de la jornada laboral, de colectivos vulnerables ámbito territorial CV 2023

Escrito el 02/05/2023
aepa

Se ha publicado en el DOGV la RESOLUCIÓN de 21 de abril de 2023, del director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convoca para el ejercicio 2023 el Programa de fomento de la contratación indefinida, derivada de la racionalización de la jornada laboral, de colectivos vulnerables en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, regulado en la Orden 10/2018, de 12 de julio, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo (AVALEM EXPERIÈNCIA).

Objeto: la concesión de subvenciones para fomentar, en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, la contratación indefinida inicial a jornada completa, derivada de la racionalización de la jornada laboral, de las personas desempleadas, inscritas como demandantes de empleo en LABORA, cuya contratación se derive de la racionalización voluntaria de la jornada labora en la entidad empleadora solicitante.

Beneficiarios: Podrá ser beneficiarias de estas ayudas las entidades empleadoras de naturaleza privada, incluidas las personas trabajadoras autónomas, con centro de trabajo en la Comunitat Valenciana que:

  1. a) o bien participen en el «Programa de ayudas para el establecimiento de incentivos a la reducción de la jornada laboral a cuatro días o treinta y dos horas semanales y a la mejora de la productividad en las empresas valencianas», regulado en la Orden 7/2022, de 16 de junio, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo (DOGV 9372, 30.06.2022) en su convocatoria para el ejercicio 2022, o en su convocatoria para el ejercicio 2023.
  2. b) o, en caso contrario, que hayan acordado con la representación sindical racionalizar la jornada laboral de la plantilla, es decir, reducir la jornada laboral a cuatro días o treinta y dos horas semanales que afecte a parte o a la totalidad de su plantilla, sin que en ningún caso afecte a las retribuciones salariales que legal o convencionalmente resulten de aplicación si se hubiese mantenido el 100 % de la duración ordinaria de la jornada y debiendo mantener en idénticos términos e importes las bases de cotización que resultarían aplicables si se mantuviese el 100 % de la jornada ordinaria de trabajo.

Bases reguladoras:

Orden 6/2019, de 24 de abril, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se aprueban las bases reguladoras del Programa de fomento de empleo para la contratación de personas desempleadas pertenecientes a colectivos desfavorecidos, publicada en el DOGV de 30 de abril de 2019, modificada por la disposición final segunda de la Orden 3/2021, de 11 de junio, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al mantenimiento del empleo en la Comunitat Valenciana, publicada en el DOGV de 15 de junio de 2021.

Cuantía:

  1. Las subvenciones se financiarán por un importe global máximo de 500.000 euros.
  2. El importe de la subvención será el resultado de multiplicar los porcentajes indicados para cada caso del salario mínimo interprofesional (incrementado en la parte proporcional de la paga extra) vigente en el momento de la contratación indefinida de la persona contratada por los 24 meses de mantenimiento:
  3. a) Personas en situación o riesgo de exclusión social, acreditados por los Servicios Sociales de cualquier administración pública; personas desempleadas de larga duración; y personas mayores de 50 años: 90 % (95 % si concurre adicionalmente la condición de mujer).

  1. b) Personas con diversidad funcional: 95 %.
  2. c) Víctimas de violencia sobre la mujer o de personas con diversidad funcional severa: 100 %.
  3. d) Resto de casos: 45 % (50 % si concurre adicionalmente la condición de mujer).
  4. Los contratos indefinidos de al menos 15 horas semanales de las personas con diversidad funcional severa resultarán subvencionables con reducción proporcional de la cuantía de la ayuda.

Plazo: El plazo para la presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el DOGV y finalizará el 31 de octubre de 2023.