Subvenciones Planes de Igualdad Empresas de la CV de 10 a 49 trabajadores

Escrito el 20/10/2025
aepa

Se ha publicado en el DOGV la RESOLUCIÓN de 6 de octubre de 2025, por la que se convocan subvenciones destinadas a favorecer la elaboración e implantación de planes de igualdad en empresas de la Comunitat Valenciana, con una plantilla de entre 10 y 49 personas trabajadoras, para el ejercicio 2025.

Objeto: establecer la convocatoria anual para 2025, para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva simple, de las subvenciones a las empresas de la Comunitat Valenciana, con una plantilla entre 10 y 49 personas trabajadoras, dirigidas a favorecer la elaboración e implementación de planes de igualdad y contribuir a la integración de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en las organizaciones laborales de la Comunitat Valenciana.

Entidades y empresas beneficiarias y requisitosPodrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas mediante la presente resolución aquellas empresas o entidades que tengan su sede social en la Comunitat Valenciana que cumplan los requisitos generales siguientes a la hora de presentar la solicitud:

  1. Tener una plantilla de entre 10 y 49 personas trabajadoras en el momento de presentar la solicitud. El cómputo del número de personas trabajadoras se realizará en según lo establecido en el artículo 3 del Real decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro y se modifica el Real decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.
  2. Que hayan firmado el compromiso para la implantación de un plan de igualdad en la empresa.
  3. Estar legalmente constituidas y, en su caso, debidamente inscritas en el correspondiente Registro Público.
  4. Ejercer su actividad y tener su domicilio social y fiscal en la Comunitat Valenciana.
  5. No estar incursas en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
  6. Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  7. No haber sido sancionadas mediante la resolución firme en materia de seguridad y salud laboral, con una infracción muy grave o más de dos graves, en los dos años anteriores a la publicación de la convocatoria.
  8. No haber sido sancionadas por ejercer o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género, por resolución administrativa firme o sentencia judicial firme.
  9. No estén cumpliendo sanciones administrativas firmes ni una sentencia firme condenatoria, por ejercer o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género o, en su caso, no estar pendiente de cumplimiento de sanción o sentencia impuesta por dichos motivos.

Bases reguladoras: Resolución de 8 de septiembre de 2025, de la Vicepresidencia Primera y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda, se establecen las bases reguladoras que regirán el procedimiento de concesión de ayudas económicas destinadas a favorecer la elaboración e implantación de Planes de Igualdad en empresas de la Comunitat Valenciana, con una plantilla de entre 10 y 49 personas trabajadoras (DOGV núm. 10192, de 11.09.2025).

Cuantía:El total de las subvenciones otorgadas para estos proyectos no podrán superar la cuantía máxima de 125.000 euros.