Orden ISM/1417/2023 por la que se regula la gestión colectiva de contrataciones en origen para 2024

Escrito el 08/01/2024
aepa

Se ha publicado en el BOE la Orden ISM/1417/2023, de 29 de diciembre, por la que se regula la gestión colectiva de contrataciones en origen para 2024.

Estos procedimientos están destinados a la cobertura de aquellas vacantes en las que, en atención al resultado del análisis de la situación nacional de empleo, se requiere la contratación de trabajadores extranjeros en origen.

Esta contratación podrá realizarse para cubrir:

  • Puestos de naturaleza estacional, de temporada o campaña: migración circular, cuyo modelo incorpora autorizaciones de cuatro años, que permitirán trabajar a estas personas extranjeras un máximo de 9 meses por año, existiendo la posibilidad de la prórroga por período de 4 años y que están basadas en una contratación fijo-discontinua.
  • Puestos de trabajo estables:migración de carácter estable, cuya contratación en origen de forma colectiva se formalizará mediante la gestión simultanea de sus autorizaciones de residencia y trabajo por cuenta ajena para atender a la cobertura de puestos estables que no deban ser objeto de contratos fijos-discontinuos.

Determinación de puestos estables: Previa propuesta de las comunidades autónomas una vez completadas las consultas a las organizaciones sindicales y empresariales señaladas en el artículo 168 del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, recibida la información oportuna del Servicio Público de Empleo Estatal, y previa consulta con la Comisión Laboral Tripartita de Inmigración, se podrán determinar ocupaciones concretas para la organización de mecanismos de provisión de ocupaciones a través de gestión colectiva. Estas ocupaciones se incorporarán como anexo a esta orden, pudiendo determinarse la provincia, ocupaciones, y puestos de trabajo.

Autorización provisional de residencia supeditada a la obtención de una certificación o habilitación profesional para el ejercicio de una profesión: podrá concederse una autorización provisional y no prorrogable de residencia de 6 meses para la formación, que no habilitará para trabajar, con el objetivo de obtener dicha certificación.

Estos dos modelos de contratación –estable y circular– podrán realizarse de forma genérica y nominativa, y admiten formas de tramitación ordinaria y unificada, según el número de empleadores involucrados. La Orden para 2024 profundiza en la modalidad de contratación nominativa incorporando nuevos supuestos en esta categoría, con el objetivo de dar cabida dentro del marco de las contrataciones fijo-discontinuas, a proyectos migratorios de naturaleza circular que hubiesen utilizado la figura de la residencia de duración determinada hasta su derogación efectiva el pasado 27 de julio de 2023, al entrar en vigor la supresión del capítulo VI del título IV del Reglamento de extranjería.

Las ofertas de empleo, tanto las de carácter genérico como las de carácter nominativo, deberán contener un número mínimo de cinco puestos de trabajo (antes diez). Podrán presentarse solicitudes que, acumulando ofertas de dos o más empleadores, sumen dicho número.

Entrada en vigor: del 1 de enero al 31 de diciembre de 2024.